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OPINIÓN

La reforma del momento: más recursos para los territorios

07 de diciembre de 2024

Daniela Alvernia

Asociada senior de Administrativo, Constitucional e infraestructura de Gómez-Pinzón
Canal de noticias de Asuntos Legales

La reforma al Sistema General de Participaciones es el tema del momento, y es que, sin duda alguna, este proyecto de autoría del senador Ariel Ávila que pasó desapercibido por más de 6 meses, hoy aprobado por el Congreso y pendiente de conciliación, demanda la atención de expertos economistas y por supuesto, de líderes políticos de todos los niveles del país. Para entender el eventual impacto del acto legislativo, es necesario entender en qué consiste el Sistema General de Participaciones.

Según lo previsto en los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, el Sistema General de Participaciones es el mecanismo a través del cual, el Gobierno Nacional transfiere a los municipios, distritos y departamentos, recursos necesarios para atender los servicios a cargo de las autoridades de orden territorial. Estos recursos, provenientes de los ingresos corrientes de la Nación, actualmente corresponden al 22 % de los ingresos y se incrementan de manera anual, en un porcentaje igual al promedio de la variación que hayan tenido los ingresos durante los cuatro años anteriores.

Precisamente, con el propósito de garantizar su adecuada destinación, los recursos se distribuyen entre las entidades territoriales teniendo cuenta criterios como la población, las necesidades de los territorios, y el nivel de pobreza.

Así mismo, son la Constitución Política y la ley, por iniciativa del Gobierno, los instrumentos que definen los servicios en los cuales deben ser invertidos los recursos transferidos, priorizando la salud, educación, servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico. Lo anterior, sin perjuicio de que la ejecución definitiva se realiza conforme con las competencias legales atribuidas a cada autoridad administrativa.

La reforma, la cual contempla un mecanismo que aumenta de manera progresiva los recursos hasta lograr la transferencia de mínimo el 39,5% de los ingresos corrientes de la Nación a partir del año 2035, ha sido defendida por el Gobierno, específicamente por el Ministro de Interior y distintos líderes políticos regionales (aunque no existe consenso), como el camino obligatorio para materializar la descentralización y para promover la autonomía de las regiones, en la definición y ejecución de recursos según sus necesidades reales.

No obstante, y simplificando el contenido de los dos artículos del proyecto, es preciso indicar que con su aprobación, se define el porcentaje de los recursos a transferir y se establecen criterios que deben ser tenidos en cuenta por la ley que eventualmente regule el funcionamiento del Sistema, más no se redefinen o modifican las responsabilidades y las competencias distribuidas hoy entre la Nación y los diferentes entes territoriales.

Aunque la propuesta originalmente era incluso más controversial (la meta original era del 46,5%), hoy se cuestiona la afectación que podría generar a las finanzas nacionales, su independencia y, por lo tanto, su falta de alineación con el marco fiscal de mediano plazo. Otra crítica, no menos importante, es la ausencia de un fortalecimiento administrativo paralelo que garantice la correcta prestación de servicios y la ejecución de los recursos por parte de los entes territoriales, sin dejar de lado que el fantasma de la corrupción nos asusta a diario en todas las regiones y en todos los niveles del Estado. Se debate entonces la capacidad del proyecto para lograr sus fines y, se advierte, por el contrario, los efectos para la sostenibilidad fiscal pueden representar.

Es importante aclarar que el acto legislativo supone la redistribución de los ingresos de la Nación, es decir que, el aumento de las transferencias representa una reducción en los gastos de la Nación. Sin embargo, no resuelve, el traslado de competencias y la capacidad de las administraciones territoriales para prestar servicios que hasta el momento escapan de su competencia. Así, a pesar de las diferentes opiniones y de lo legítimo que puede ser el fin que se persigue, persiste la incertidumbre sobre sus efectos, pues no existe ningún acercamiento sobre la nueva organización administrativa, las capacidades institucionales y mucho menos frente a la forma como operarán las entidades en el futuro.

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